29 de agosto de 2010

Políticas Públicas y Leyes de Bibliotecas Nacionales

Reseña del tema

Introducción

Creemos, conforme a las recomendaciones de IFLA, que las bibliotecas nacionales (BNs) deberían estar respaldadas por leyes nacionales, en las cuales se les reconozca la importancia de sus funciones y, además se les asignen los recursos necesarios para financiar sus gastos operativos y la modernización y desarrollo de las mismas. Por otra parte, al estar respaldadas por leyes nacionales, las BNs tendrán una mayor estabilidad institucional. En el caso de Iberoamérica, encontramos BNs con una gran diversidad de estatus jurídicos: Unidades administrativas dentro de ministerios, adscritas a casas o institutos nacionales de cultura, con el rango de fundaciones o formando parte de éstas o bajo la forma de institutos autónomos creados mediante leyes nacionales, en cuyo caso convendría revisar dichas leyes a fin de promover, de ser necesario, la reforma y actualización de las mismas. Lograr la aprobación de leyes de bibliotecas nacionales y su posterior ejecución, implica pasar por las distintas fases de lo que hemos denominado el proceso de políticas públicas, el cual resumimos a continuación. Pero, además, es necesario tener a la mano una propuesta de Ley de Biblioteca Nacional, la cual sería utilizada, especialmente, en las tres primeras fases del ya referido proceso: Formulación y Selección de la Política; Promoción de la Alternativa Seleccionada y Aprobación de la Política. En este mismo resumen presentaremos una información sucinta sobre una propuesta de proyecto de ley de biblioteca nacional, elaborada por la Secretaría Ejecutiva de ABINIA, la cual podrá ser objeto de ajustes y modificaciones, según los requerimientos de los distintos países.

Las políticas Públicas

Hemos adoptado como concepto de política pública: “La decisión válidamente adoptada por un organismo público (nacional, estadal o local) en respuesta a una situación o problema relevante, que afecte seriamente a la población u organismos de su jurisdicción”. Sobre el mismo consideramos conveniente destacar lo siguiente:
  • La aprobación de la política pública le corresponde a un organismo del Estado, lo cual lleva implícito el compromiso de asegurar su cumplimiento.
  • Dicha decisión se adopta como respuesta a un problema realmente importante, que debe ser solucionado, pues, de no ser así, se afectarían intereses de la comunidad o instituciones del país.
  • Además, habría que precisar la magnitud del problema, es decir, si es nacional, estadal (circunscrito a un departamento o región del país) o local.
Por otra parte, la vinculación de las políticas públicas con las leyes de bibliotecas nacionales, (BNs) significa que aspiraríamos lograr una política nacional aprobada por el Parlamento, bajo la forma de una Ley (de Biblioteca Nacional).
Conforme a lo antes señalado, nos hemos planteado desarrollar el tema objeto de este foro como un proceso en el que, antes de analizar las distintas fases del mismo, habría que tener muy claro:
  • Que, en el contexto de la sociedad del conocimiento, la información organizada producida principalmente por bibliotecas, constituye un recurso indispensable para la creación de nuevos conocimientos, eje central del desarrollo promovido por dicha sociedad.
  • Que existe un problema relevante, evidenciado, en el caso que nos ocupa, por la insuficiencia de los recursos asignados a la mayoría de las BNs iberoamericanas para cubrir sus necesidades básicas de funcionamiento y desarrollo.
  • Que entre las causas de esta situación está la falta de una clara conciencia, en los más altos niveles decisorios y de asignación de recursos del Estado, sobre la importancia de las de las funciones de las BNs., tanto de preservación y acceso de la memoria documental nacional, como de promoción del buen funcionamiento y desarrollo de las demás bibliotecas de sus países.
  • Que, a los efectos de nuestra presentación, los objetivos responderán al qué hacer para solucionar el problema.
  • Que la política pública, que resultase aprobada, constituirá el cómo hacer para lograr el objetivo, previamente definido.
Respecto a las fases del proceso, a continuación haremos una breve presentación de cada una de ellas:
  1. Formulación y Selección: Consiste en presentar varias alternativas y optar por la que resulte de alta eficacia y con mayores posibilidades de ser viable.
  2. Promoción de la alternativa seleccionada:Dar a conocer la propuesta de política seleccionada ante las distintas partes interesadas en la misma y lograr, particularmente, su aceptación por los distintos niveles de decisión del Estado involucrados.
  3. Aprobación de la política:Lograr su sanción por el organismo que tenga a su cargo la decisión final sobre la misma. En nuestro caso sería la aprobación de la Ley de Biblioteca Nacional por el Parlamento.
  4. Ejecución: La realización de acciones dirigidas a convertir las políticas en hechos.
  5. Evaluación: Proceso permanente mediante el cual comparamos los resultados obtenidos con los objetivos y actividades de la política, a fin de determinar desviaciones y sus causas y proponer correctivos. 

El proyecto de Ley de Biblioteca Nacional
En este proyecto se acoge el concepto de biblioteca nacional (BN) aprobado por ABINIA, según el cual, las bibliotecas nacionales, además de mantener su función tradicional de “compilar el patrimonio documental producido en el país o que se relacione con él, con el fin de catalogarlo, preservarlo y hacerlo accesible”, deberán cumplir funciones de: a) Prestación de servicios al resto de las bibliotecas del país y; b) Liderazgo en cuanto al desarrollo, coordinación y mantenimiento de un mecanismo nacional de cooperación entre los servicios bibliotecarios del país, que garantice, a los distintos sectores de la población, el acceso a las colecciones disponibles en dichos servicios.
Adicionalmente, se le confiere a la BN el carácter de instituto autónomo; de esta manera dispondrá de la autonomía y autoridad necesarias para el mejor desempeño de sus funciones. Además, se establece expresamente que tendrá por objeto:
  1. Compilar, procesar y preservar los materiales bibliográficos, audiovisuales y electrónicos o digitales producidos en o sobre el país.
  2. Promover el buen funcionamiento y desarrollo de los servicios bibliotecarios del país, la colaboración entre ellos y la complementariedad en el uso de sus colecciones.
  3. Facilitar el acceso a los recursos de información y servicios bibliotecarios disponibles en el país y el resto del mundo.
  4. Contribuir a la satisfacción de las necesidades e intereses de conocimiento de los distintos sectores de la población.
Al reconocérsele por Ley, tanto la autonomía como el objeto para el cual fue creada, el Estado estaría obligado asegurarle recursos suficientes para atender sus gastos de funcionamiento y desarrollo.
Por último, se destaca la importancia del Directorio, como organismo colegiado responsable de definir las políticas de la institución y velar por el cumplimiento de las mismas. Los miembros del Directorio serían designados: 3 por el Presidente de la República y los 4 restantes serían representantes de organismos vinculados con la Biblioteca Nacional. El Director de la Biblioteca será designado por el Directorio, instancia ante la cual deberá rendir cuenta de su gestión. El Director asistirá a las reuniones del Directorio sólo con derecho a voz; de esta manera se asegura un vínculo más estrecho entre éste y los miembros del Directorio. La designación del Director debería recaer en profesionales calificados, con conocimientos y experiencia comprobada en el campo de la información y la gerencia pública.

Bibliografía

2 comentarios:

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  2. Hay que insistir en la importancia de reafirmar la legalidad y ajustes necesarios de una Ley Nacional que respalde los Servicios Públicos Bibliotecarios de Redes de Biblioteca, que garanticen a las Bibliotecas Nacionales de América Latina Presupuestos consonos para satisfacer las necesidades de financiación en sus gastos operativos, desarrollo de las mismas y la modernización. Por otra parte, al estar respaldadas por leyes nacionales, las BNs tendrán una mayor estabilidad institucional.
    Es importante destacar que a nivel de Venezuela,16 de agosto de 1977, el Congreso de la República Decreta la LEY DEL INSTITUTO AUTONOMO BIBLIOTECA NACIONALY DE SERVICIOS DE BIBLIOTECAS. Publicado en Gaceta Oficila Número 31.298.Entre sus funciones propias: 1.-Ser centro epositario, organizador y dvulgador del acervo documental venezolano y venezonalista. 2.- Velar por el cumplimiento de la Ley de Depósito Legal. 3.- Publicar la Bibliografía nacional. 4.- Elaborar el catálogo colectivo nacional de los recursos bibliográficos y no bibliográficos existente en el páis. Con la creación de esta Ley, el Estado venezolano, estaría obligado asegurarle recursos suficientes para atender sus gastos de funcionamiento y desarrollo y su autonomía como el objeto para el cual fue creada. En la actualidad el gobierno nacional, conjutamente con la comisión nacional de cultura,y recreación, las autoridades que dirigen a la Biblioteca Nacional, las autoridades estatales de cultura y las Bibliotecas públicas centrales, conjuntamente con el personal bibliotecario,viene trabajando en la reestructuración de dicha ley para adactarla a las exigencias y necesidades de hoy. Ya en primera instancia fue aprobada la primera jornada por el Presidente y la Asamblea Nacional.


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